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El Supremo considera abusivas ciertas cláusulas hipotecarias

Los consumidores han ganado una batalla más en la guerra que tienen contra las entidades financieras, por la inclusión en los contratos hipotecarios de ciertos activos que consideran abusivos. En este caso no tiene nada que ver con las cláusulas suelo o los swaps, un conflicto que traerá bastante cola durante los próximos meses. En esta ocasión el Tribunal Supremo hizo pública una sentencia en la que ordenaba anular otras cláusulas incluidas en los préstamos sobre vivienda.

En concreto, el fallo afectó a varios contratos que los clientes tenían con algunos bancos como el BBVA, Caja Madrid, Bankinter o el Banco Santander. Y, además, la argumentación del juez fue contundente, ya que calificó estos activos de “abusivos”, “desproporcionados” y “confusos”. Así, en lo referido a las créditos sobre inmuebles, el alto tribunal consideró ilegales las cláusulas que prohíben el arrendamiento de fincas hipotecadas (aunque admitió que este tipo de acciones pueden disminuir el valor de las casas).

Con el objetivo de solucionar ese problema, los magistrados apostaron por incluir en estas cláusulas un punto en el que se especifique cuál es la renta que debe exigir el propietario, para que se corrija así esa disminución del valor en el caso de que se produzca una situación de impago del préstamo y sea necesario un proceso para la ejecución de la vivienda.

Este punto es de vital importancia, ya que muchos bancos y cajas de ahorros estaban incluyendo en sus créditos estas cláusulas para evitar que el embargo de una casa (y su posterior subasta) pudiera retrasarse debido a la existencia de un contrato de arrendamiento.

Por su parte, el Supremo también rechazó que las entidades financieras puedan incluir en los contratos hipotecarios la renuncia del cliente a ser informado de su cesión a otra entidad. “Su carácter abusivo resulta incuestionable porque supone una renuncia o limitación de los derechos del consumidor”, argumentó el juez en la sentencia.

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