La OCU sigue la lucha contra los swaps |
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El debate abierto en torno a algunos activos financieros se está volviendo cada vez más intenso. Todas las partes implicadas están moviendo ficha en función de sus interés y, mientras tanto, los poderes públicos no parecen tomar una posición clara. Es cierto que el Gobierno ya se pronunció a favor de las cláusulas suelo y los swaps, argumentando su absoluta legalidad y desmintiendo que vaya a considerarlas inválidas. Pero es que meses antes el Senado instó al Ejecutivo a eliminarlas. En medio de todo esto, las entidades financieras y los consumidores. Las primeras defendieron absolutamente estos productos, exponiendo que los habían contratado quienes quisieron. Los segundos, se quejaron de que no se les explicó bien el carácter especulativo de estos activos (e, incluso, en muchos casos, que ni siquiera se les comentó su inclusión en los contratos crediticios). Y ahora toma la palabra la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), que se dirigió esta semana directamente a los grupos parlamentarios para pedirles que actúen en contra de las que consideran “abusivas” cláusulas. El problema está en que muchos consumidores se encontraron con que no podían beneficiarse del desplome del Euribor, porque sus préstamos hipotecarios incluían estos activos, que establecen un tipo de interés mínimo a reembolsar (por lo tanto, por mucho que caiga el indicador económico, los afectados tienen que seguir pagando un porcentaje concreto). La OCU considera que estos productos fueron impuestos por las entidades financieras a los consumidores. “No respetan el equilibrio entre las partes, al limitar la variación de los intereses, impidiendo que el tipo final aplicado al consumidor baje de un determinado nivel aunque descienda el índice al que está referenciada la hipoteca”, señalaron los expertos de la entidad. Por ello, para la organización de consumidores, la inclusión de activos como la cláusula suelo podría ser considerada abusiva por falta de reciprocidad. Una condición que viene recogida en la Ley General para la Defensa de los Consumidores (un Real Decreto Legislativo del 2007). |