Guía para los morosos |
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Los efectos de la crisis son innumerables. Y, entre ellos, destaca por encima de muchos el aumento de la morosidad; que impide que la reactivación económica lleve un ritmo más acelerado. Lo cierto es que las empresas no pueden afrontar el pago de sus deudas; ya que al parón económico se le une una restricción crediticia que les resta liquidez y recursos. Además, los males de las compañías pueden ir aún a más si se ven incluidas en el alguno de los registros de morosos que manejan las entidades financieras. Y es que podría darse el caso de que la culpa de los impagos no la tuviera la propia sociedad; ya que si ésta ha realizado una buena gestión de sus recursos, pero sus clientes no le pagan, ésta tampoco podrá afrontar los reembolsos a sus proveedores. De todas formas, siempre existen recursos para evitar entrar en una de esas listas de morosos. En primer lugar, si la sociedad se ve inmersa en un proceso judicial debido a los impagos, puede recurrir a la figura jurídica conocida como “inmuebles por deuda”. Con este instrumente, el deudor oferta a su acreedor una prestación distinta la inicialmente pactada. Así, la aceptación de un inmueble (vivienda, nave industrial, etc.) saldaría la deuda existente. En algunas ocasiones también se opta por contrarrestar el importe adeudado mediante la entrega de una obra de arte de valor semejante. Un procedimiento curioso, pero más habitual de lo que parece. De hecho, entre 1997 y 2008 el erario público recibió más de 200 millones de euros en obras de arte en concepto de contraprestación de deudas. Otra opción pasa por acudir a un fondo de inversión interesado en adquirir carteras de deuda de las compañías. Este tipo de empresas son de reciente aparición en España, pero en el mundo anglosajón llevan implantadas más de veinte años. |